domingo, 4 de noviembre de 2012

Las verdades obligatorias



   
Estamos obligados a creer lo mismo que creen quienes nos ayudan a sobrevivir a pesar de lo vulnerables que somos.

Lo poco que aceptamos del nazismo es una frase que se le atribuye al ministro de propaganda del régimen, Paul Joseph Goebbels, que dice: «Una mentira repetida mil veces se convierte en verdad».

Es casi seguro que todos tenemos al nacer fuertes vínculos con las leyes naturales. Quizá en esa primera etapa, nuestra condición animal es más pura.

Aún en ese período somos únicos porque no parece cierto que seamos, como algunos creen, una especie de hoja en blanco sobre la cual la cultura irá escribiendo sus reclamos, normas, exigencias.

Quizá seamos una hoja en blanco pero no igual a las demás. Nuestra dotación genética quizá sea tan exclusiva como las huellas digitales o como el diseño del iris.

Lo que podría denominarse «hoja en blanco» es nuestra particular habilidad para aprender, para adquirir un carácter, una personalidad, una forma de ser característica.

La adaptación al medio es una cuestión de vida o muerte porque somos la especie más vulnerable, cuyos ejemplares nacemos más prematuramente (con menor desarrollo corporal). Esta debilidad es un factor predisponente muy severo para que nuestro cuerpo se adapte rápidamente al ambiente.

Una necesidad urgente es la de ser amados por quienes nos cuidan (familia, sociedad).

Ni la familia ni la sociedad aman a cualquiera por el simple hecho de ser consanguíneo o de la misma raza. Estos factores colaboran en la aceptación pero tendremos que poner mucho de nosotros mismos para que ese amor imprescindible se consolide.

Por esta necesidad de ser amados por nuestro grupo de pertenencia es que para cada uno terminan convirtiéndose en «verdad» aquellas «mentiras» en las que creen nuestros allegados.

Tenemos prohibido comprobar si nuestros protectores están en lo cierto.

Nota: la imagen muestra un par de zapatos de niño pequeño con los colores del Club Atlético Peñarol, de Uruguay.

(Este es el Artículo Nº 1.736)

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